La mayoría de comunidades respaldan la propuesta de Sanidad que se aplicará finalmente en los municipios con más de 100.000 habitantes. Una orden en el BOE obliga a Madrid a restringir la movilidad en la capital
El Consejo Interterritorial de Salud respaldó mayoritariamente la propuesta del Ministerio de Sanidad para restringir la movilidad en los municipios de más de 100.000 habitantes que, entre otros criterios, tengan una tasa de incidencia de COVID superior a los 500 casos por cada 100.000 personas. El Ministro, Salvador Illa, anunciaba que el Boletín Oficial del Estado publicará una orden en este sentido, que será de obligado cumplimiento para todas las comunidades autónomas. En contra de la propuesta del Ministerio votaron Murcia, Madrid y otras tres comunidades: Galicia, Cataluña y Andalucía, además de la ciudad autónoma de Ceuta.
La orden ha sido publicada este jueves por la mañana en el Boletín Oficial del Estado aunque en ella aparece que la Región de Murcia se abstuvo en la votación. Fue la postura que inicialmente adoptó el consejero de Salud Manuel Villegas, aunque más tarde notificaba por carta que su voto era ‘no’
La Región de Murcia planteó su voto contrario en el Consejo Interterritorial porque, según explicó el consejero de Salud Manuel Villegas, considera necesario incorporar más criterios a los tres con los que el Ministerio tomará la decisión de aplicar las restricciones. El departamento que dirige Salvador Illa considera suficiente la suma de tres factores: que la tasa de incidencia acumulada en catorce días supere los 500 casos por 100.000 personas; que se superen los 10 positivos por cada 100 pruebas PCR realizadas; y que la ocupación de las UCIS de la comunidad supere, en su conjunto, el 35%. Murcia pretendía que se contemplaran otros elementos, como los análisis de cribado que pueden elevar los resultados de las pruebas PCR cuando se concentran en grupos concretos. Decía el consejero que sus técnicos le pidieron más tiempo para valorar esos otros factores que deberían tenerse en consideración.
A pesar de que la decisión no fue unánime, el Ministro de Sanidad, Salvador Illa, anunciaba que la orden que implicará la aplicación de restricciones en diez municipios, todos ellos de la Comunidad de Madrid incluída la capital. Decía Illa que nadie es capaz de explicar el cambio de opinión de los responsables de la Comunidad de Madrid, porque el documento trasladado a la Interterritorial era el mismo que se había pactado con ellos menos de 24 horas antes.
Madrid no ha explicado las razones del cambio de criterio, pero su consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, aseguraba anoche tras la reunión que la situación en su región «empieza a estar controlada». Sostiene también Ruiz Escudero que lo aprobado por el Consejo interterritorial de salud «no es válido jurídicamente, porque la decisión no se adoptó por consenso de todas las autonomías».
CONSULTA LAS RESTRICCIONES DEL CONSEJO INTERTERRITORIAL
En cuanto a la restricción de movimientos, se limitará la entrada y salida de personas de los municipios afectados salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, para asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables y la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
Las reuniones se restringirán a un máximo de seis personas; se reducen los aforos en bares y restaurantes (que tendrán que cerrar a las once de la noche) y se limita la asistencia de personas a lugares de culto y velatorios. También se van a clausurar los parques infantiles.
El aforo en lugares de culto quedará reducido a un tercio y los velatorios se restringirán a 15 personas al aire libre y 10 en lugares cerrados, según el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública que sale publicado este jueves en el Boletín de Oficial del Estado (BOE) y que será de obligado cumplimiento en el plazo de 48 horas. Asimismo, en el caso de los lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. En los velatorios, el aforo máximo es de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. Asimismo, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecidas se restringirá a un máximo de quince personas.
Las restricciones afectan también a lugares de juego y casas de apuestas, en los que el aforo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido, las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas. Tampoco podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22.00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23.00 horas.
En el caso de academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación, el aforo máximo será del cincuenta por ciento.